Guía para empresas
Cómo bonificar un curso de IA con FUNDAE: guía paso a paso
La formación bonificada permite a las empresas con trabajadores descontar el coste de la formación de sus cotizaciones a la Seguridad Social. Esta guía resume el procedimiento y los requisitos que recoge la documentación oficial de FUNDAE.
Averigua cuánto puedes bonificarÚltima revisión: 5 de noviembre de 2026. Fuentes: Ley 30/2015, Real Decreto 694/2017 y los modelos y orientaciones de costes de FUNDAE. Los plazos y los importes de crédito pueden cambiar cada año: confirma siempre en fundae.es o con tu entidad organizadora. Esta guía no sustituye al asesoramiento profesional.
Qué es la formación bonificada
Cada año, las empresas con trabajadores en plantilla disponen de un crédito de formación. Si lo usan para formar a su equipo, aplican ese importe como bonificación en sus cotizaciones a la Seguridad Social a través de FUNDAE. La formación debe ser gratuita para los trabajadores y estar relacionada con las necesidades reales y la actividad de la empresa.
La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social cuando aplique las bonificaciones.
Pasos para bonificar una formación
Revisa tu crédito y el tamaño de tu empresa
Cada empresa con trabajadores en plantilla dispone de un crédito anual de formación. Depende de la cuota de formación profesional que ingresó el año anterior y de su tamaño.
Elige la formación y quién la organiza
La empresa puede organizarla por sí misma o encomendar la organización a una entidad externa mediante un contrato de encomienda. La formación debe impartirla una entidad acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación.
Informa a la representación legal de los trabajadores
Si existe, debe recibir antes del inicio la información de las acciones: objetivos, colectivos y participantes, calendario, medios pedagógicos, criterios de selección, lugar de impartición y balance del año anterior. Tiene 15 días para emitir su informe; pasado ese plazo sin respuesta, el trámite se da por cumplido.
Comunica el inicio y la finalización
La entidad organizadora comunica el inicio y la finalización de las acciones formativas en la aplicación telemática de FUNDAE. Los plazos vigentes se confirman en fundae.es o con la entidad organizadora.
Imparte la formación y guarda las pruebas
Conserva el control de asistencia diaria de los participantes y reparte el cuestionario de calidad a todos los que terminen la formación.
Paga y contabiliza correctamente
Los pagos deben hacerse antes del último día hábil de presentación del recibo de liquidación de cotizaciones de diciembre. Los gastos y las bonificaciones se identifican en una cuenta o epígrafe específico llamado «formación profesional para el empleo».
Aplica la bonificación y conserva la documentación
Se aplica como descuento en las cotizaciones a la Seguridad Social. Debes guardar los justificantes durante 4 años por si hay una comprobación.
Cofinanciación privada según el tamaño
En las empresas de más de 5 trabajadores, una parte del coste de la formación debe cofinanciarla la propia empresa. Se calcula como la diferencia entre el total de costes admitidos (incluidos los salariales de las horas de formación dentro de la jornada) y la bonificación aplicada.
| Plantilla de la empresa | Cofinanciación privada |
|---|---|
| Hasta 5 trabajadores | No se exige |
| 6 a 9 trabajadores | 5 % |
| 10 a 49 trabajadores | 10 % |
| 50 a 249 trabajadores | 20 % |
| 250 o más trabajadores | 40 % |
Fuente: orientaciones de costes de FUNDAE para acciones formativas programadas por las empresas.
Qué costes se pueden bonificar
- Costes directos: formadores, plataformas y medios didácticos, materiales, aulas, seguro de accidente de los participantes y, en formación presencial, desplazamiento, manutención y alojamiento (no en teleformación).
- Costes indirectos: hasta un 10 % del coste total de la actividad formativa.
- Costes de organización (si se encomienda a una entidad externa): hasta un 10 % del coste total, un 15 % en empresas de 6 a 9 trabajadores y un 20 % en las de hasta 5.
- No bonificables: los costes salariales de los trabajadores (cuentan solo para la cofinanciación) y, como regla general, el IVA.
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Preguntas frecuentes
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